Delito vs noticia: los mensajes entre Puigdemont y su ex-conseller a debate

Delito vs noticia: los mensajes entre Puigdemont y su ex-conseller a debate

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Delito vs noticia: los mensajes entre Puigdemont y su ex-conseller a debate

Esta mañana saltaba una noticia que entremezcla dos asuntos de rabiosa actualidad. Por un lado, la situación política que atraviesa Cataluña y por otro, el debate que gira en torno a la difusión de conversaciones privadas que nacen en los diferentes sistemas de mensajería, entre ellos, la instantánea.

Un cámara de El programa de Ana Rosa, en Telecinco, grabó la pantalla del teléfono de el exconseller de ERC Toni Comín, accediendo así a varios mensajes que intercambió con el expresident de la Generalitat, Carles Puigdemont, a través de la aplicación Signal. El programa ha hecho públicos estos mensajes y el exconseller amenaza con denunciarles pero, ¿puede hacerlo? Y en tal caso, ¿cuáles serían las consecuencias para el medio?

Difundir conversaciones de terceros es delito

Las leyes aún se están adaptando a este tipo de modelos de comunicación y aunque por ahora, no hay una legislación que delimite los límites y los términos que instituyan en qué caso concreto es delito o no, hay casos y precedentes que sirven a la jurisprudencia como guía a la hora de dictaminar sentencias.

En su día os contamos cuáles eran los riegos inherentes a difundir conversaciones de terceros en WhatsApp, y en aquel momento, el abogado Rodrigo López Garrido, nos aclaró muchas dudas al respecto, dudas entre las que no solo figuraban los usuarios corrientes, sino también los medios de comunicación.

Difundir capturas de conversaciones de terceros en las que no estamos involucrados es delito, pero en este caso además hablamos de una pantalla que ha sido fotografiada

Según citaba el abogado, difundir conversaciones de terceras personas en las que uno mismo no está involucrado, es un delito llamado descubrimiento y revelación de secretos. Tratándose de una captura de pantalla, el denunciado podría aferrarse a la privacidad de la fuente y decir que esa captura le ha sido cedida, algo que no ampara ante la ley en caso de denuncia y tampoco le evitaría verse expuesto a penas de hasta un año de cárcel.

Grabar la pantalla del móvil a un político en un acto público, ¿es delito?

Ahora bien, en el caso concreto de este cámara del programa de Telecinco y de un personaje público fuera del ámbito privado, hablamos de algo distinto, ya que se han tomado fotografías directas de la pantalla del teléfono de Toni Comín (la única manera que existe de vulnerar la privacidad de Signal). Aquí la justicia tendrá que valorar si viola el secreto de las comunicaciones privadas reflejado en el artículo 18. 3 de la Constitución Española.

Pero según el abogado especializado en este tipo de casos, Carlos Sánchez-Almeida, en esta situación no estaríamos ante un caso de violación de las comunicaciones, ya que se ha dado por descuido del receptor, lo que ha permitido que el periodista grabase la pantalla y además, da al medio la posibilidad de reproducirlo sin que esto suponga ningún delito.

Sin embargo, el abogado de Comín, Gonzalo Boye, ha afirmado a El Confidencial que su cliente no autorizó dicha grabación, y que se utilizó un teleobjetivo para interceptar los mensajes. El abogado afirma también al medio que presentará la denuncia ante las autoridades belgas (dado que los hechos han tenido lugar en dicho país) y que también estudiará llevarlo hasta los tribunales españoles, algo que Almeida asegura «no llegará a nada», basándose en casos similares.

Como vemos, la regulación que hay al respecto en este tipo de casos es muy inmadura todavía dada su corta vida, y por ese motivo, hay diferentes opiniones al respecto, algo que también hemos visto en los casos en los que se han intentado aplicar conversaciones de este tipo como pruebas en juicios.

Foto de portada | Telecinco

En Xataka Móvil | Por qué las conversaciones de WhatsApp no pueden ser admitidas como prueba concluyente en un juicio

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