
La Agencia Tributaria cruza datos que envían los bancos sobre cobros por Bizum con las declaraciones de IVA trimestrales
Mezclar transferencias personales con las del negocio es una de las causas de estos descuadres fiscales
Para un gran grueso de usuarios, Bizum sigue siendo el rey de los pagos desde el móvil para cuadrar gastos comunes entre particulares, porque está exenta de vigilancia tributaria. De hecho, la Agencia Tributaria (AEAT) ha confirmado en reiteradas ocasiones que estas operaciones quedan excluidas. Sin embargo, en el ámbito laboral y empresarial, la plataforma de pagos se ha situado en el epicentro de la inspección fiscal.
Desde comienzos de este año, el uso de Bizum como vía de cobro para profesionales y comercios se encuentra bajo un seguimiento exhaustivo. Así, la AEAT ha empezado a remitir cartas de requerimiento a trabajadores por cuenta propia por descuadres en la contabilidad: y en la mayoría de casos no se trata de intentos de ocultar ingresos, sino de desajustes entre lo que los bancos declaran y lo que el profesional consigna en sus liquidaciones de impuestos.
El origen del control: el Real Decreto 253/2025 y el Modelo 170
¿Dónde está la base jurídica de este control? Se encuentra regulada en el Real Decreto 253/2025, publicado en el BOE y que modificó el Reglamento General de las actuaciones y los procedimiento de gestión e inspección tributaria. Esta norma, que entró formalmente el 1 de enero de 2026, estableció un cambio de calado en las obligaciones informativas de las entidades de crédito, pago y dinero electrónico.
Hasta esa fecha, los bancos informaban de los cobros de manera anual y únicamente si superaban un volumen determinado. Con el nuevo reglamento, esto es diferentes: las entidades bancarias están obligadas a remitir una declaración informativa cada mes mediante el Modelo 170.
En este, se detallan de forma agregada los cobros efectuados por empresarios y profesionales tanto a través de cualquier tipo de tarjeta como mediante pagos vinculados a un número de teléfono móvil, y no existe ningún umbral mínimo de importe, todo entra.
Entidades como CaixaBank y BBVA recuerdan que esta obligación no crea un nuevo impuesto, pero sí refuerza los mecanismos de verificación de Hacienda. El desajuste se produce cuando la AEAT cruza automáticamente los importes liquidados por el banco en el Modelo 170 con las bases imponibles declaradas en el Modelo 303 de IVA o en los pagos fraccionados de IRPF.
Cinco errores que provocan descuadres con Hacienda y cómo gestionar los cobros por Bizum
¿Qué errores hacen que las cuentas no salgan y Hacienda deba informar a autónomos y empresas? Existen discrepancias provocadas por la propia operativa del negocio que conviene identificar. Según detallan expertos fiscales, son principalmente cinco:
- Mezclar Bizum personales con la cuenta del negocio: si el número de teléfono o la cuenta están dados de alta bajo un contrato profesional o de comercio, cualquier abono que se reciba será computado e informado por el banco como facturación de actividad económica.
- Cobros por cuenta de terceros: habitual en gestorías, notarías o estancos, donde se cobra al cliente un importe que incluye tasas, timbres o títulos de transporte. Todo el dinero entra por el terminal, pero el autónomo solo debe declarar como ingreso su comisión u honorarios.
- Propinas integradas en el cobro digital: las propinas no constituyen una contraprestación por el servicio, no forman parte de la base imponible del IVA, pero al cobrarse por Bizum o datáfono se suman al volumen mensual reportado por el banco.
- Devoluciones y anulaciones entre trimestres: el banco informa mes a mes. Si una venta se cobra en un trimestre y la devolución se gestiona en el siguiente con su correspondiente factura rectificativa, se genera un desfase entre los modelos 170 y 303.
- Operaciones exentas de IVA: en sectores como la asistencia médica, los servicios están exentos del impuesto, lo que puede generar divergencias frente a los registros del banco.
Para operar con tranquilidad, la recomendación de la propia Bizum y de los asesores es contar con dos líneas y cuentas diferenciadas: una personal para el día a día y otra profesional asociada a la actividad económica.
En caso de recibir una notificación de la Agencia Tributaria solicitando aclaraciones, resulta vital aportar la documentación estructurada mediante cuadros numéricos de conciliación. Conserva los libros de registro de facturas emitidas, informes de liquidación, justificantes de suplidos y registros de devoluciones.
Conviene recordar que desatender un requerimiento formal del fisco conlleva sanciones tipificadas en el artículo 203 de la Ley General Tributaria, con multas que oscilan entre los 250 y los 600 euros.
Imagen destacada | Composición con imágenes de Iván Linares para Xataka Móvil y Wikimedia Commons
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