El juez limita los bloqueos de LaLiga a que sean técnicamente posibles
Obligar a las VPN a bloquear contenidos choca con su promesa de anonimato y privacidad
Nuevo lunes, nueva resaca de los bloqueos de Internet perpetrados por LaLiga. La organización ha conseguido nuevas herramientas: el reciente auto de la Sección de lo Mercantil del Tribunal de Instancia de Córdoba marca un antes y un después para quienes esquivan los bloqueos mediante una VPN. Tras unos días de la resolución, el juez ha aclarado ciertos matices.
El auto dice una cosa, LaLiga lo magnifica. La resolución introduce la posibilidad de que los servicios VPN acaten medidas judiciales. Como las herramientas de VPN pueden facilitar el acceso a contenidos considerados como ilegales, y actúan de intermediarias, pueden quedar sujetas a órdenes judiciales en virtud de la normativa europea y española. Por lo tanto, se les puede ordenar que bloqueen direcciones IP y URLs.
LaLiga interpreta el auto como una victoria contra uno de sus archienemigos: los VPN. Recalca su responsabilidad activa «en el proceso de la piratería de partidos» y que «deben implementar de forma inmediata en sus sistemas internos las medidas oportunas». El problema es que el juez no especifica exactamente eso.
Guerra de matices técnicos y jurídicos. El juez, Antonio Fuentes Bujalance, acerca a los servicios VPN a la categoría de intermediario con deber activo de control. Este cambio abre la puerta a que estas herramientas deban asumir las restricciones de acceso según las normativas. Y establece una lista inicial de dominios con la opción de introducir nuevas direcciones sin pasar por el juzgado. Lo que lleva haciendo laLiga hasta ahora con sus bloqueos.
Tras la polémica que ha levantado el auto judicial y el comunicado de LaLiga, con comentarios aludiendo a una barra libre de bloqueos para LaLiga, el magistrado defendió en LinkedIn su resolución. E introdujo algunos detalles que no se leen de forma tan explícita en el auto:
- No se va a bloquear a los VPN en España.
- No va a bloquearse el tráfico hacia contenidos «legales». El juez especifica que no habrá afectación para quienes usan los VPN con páginas autorizadas.
- Se bloqueará el tráfico ilegal siempre que «técnicamente sea posible». Con este punto, Antonio Fuentes introduce el matiz técnico que el auto no señala tan explícitamente.
- En el caso de que no sea técnicamente posible que el VPN pueda discriminar a los usuarios según las webs que visitan, la medida ni debería entrar en vigor.
La resolución judicial parte de la premisa de que, técnicamente, el VPN puede discriminar el tráfico y, por ello, debe bloquearlo. De puertas para afuera, el juez reduce la tensión limitando los bloqueos a la viabilidad técnica. Pero ¿un VPN realmente puede aplicar una restricción masiva del tráfico?
Sí, un VPN puede bloquear al detalle, pero con un problema: la privacidad. Estas herramientas comerciales suelen garantizar el anonimato. Si un juez las obliga a vigilar el tráfico, las VPN pueden verse obligadas a introducir mecanismos adicionales para su control. Dependiendo del método técnico utilizado, dicho control puede ir desde simples bloqueos por IP a sistemas más intrusivos. Y aquí está el conflicto con la viabilidad técnica de la que habla el juez Antonio Fuentes:
Por un lado, las VPN garantizan anonimato al usuario. Por el otro lado, LaLiga, gracias a una resolución judicial, introduce un conflicto potencial con ese modelo de anonimato. Las VPN nacieron para ocultar fronteras digitales, pero ahora empiezan a recibir órdenes para reforzar dichas fronteras. Y ahí está el dilema para el futuro que empieza a dibujarse: si el anonimato puede seguir siendo real cuando las herramientas que lo prometen pasan a integrarse en el propio sistema que regula Internet.
Imagen de portada | Montaje con logo de LaLiga e imagen generada com ChatGPT
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