Internet es ese lugar en el que parece que cualquiera puede escribir cualquier cosa y no tener consecuencias, amparado en el escudo del anonimato. Sin embargo, esto no es del todo cierto y si cruzamos ciertas líneas rojas podemos toparnos de cara con el Código Penal exactamente igual que si los hechos se produjesen a pie de calle.
Es el caso de las reseñas falsas de Google Maps: nuestra opinión es libre, pero no la forma en la que la expresemos. Una nada sutil diferencia que puede acarrear problemas legales a quienes no miden bien sus palabras. Veamos qué dice la ley.
De la práctica desleal al delito penal
Para muchos de nosotros, Google Maps es la herramienta más útil que tenemos para buscar restaurantes. Nos permite mirar la carta por adelantado, ver fotos reales de los platos, leer las experiencias de otros clientes e incluso reservar, todo ello sin salir de esta superapp.
También Google Maps, al igual que Amazon y otras plataformas, se ha contaminado con las reseñas falsas. De hecho, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios ya recoge la posibilidad de que las empresas que compran reseñas falsas para distorsionar la realidad pueden enfrentarse a elevadas multas al considerarse una práctica desleal. En este caso, estaríamos ante una infracción administrativa, como explican los expertos de 202 Digital Reputation.
Sin embargo, cuando se cruzan ciertas líneas aparecen los delitos civiles y penales. Los primeros son aquellos en los que se causa “un perjuicio económico o reputacional cuantificable al negocio” y está tipificado en la Ley de Competencia Desleal. El caso más grave es el delito penal, ya que “entra en el terreno de la difamación personal o la imputación de crímenes”, según apuntan desde la mencionada agencia de reputación online.
En qué casos actúa el Código Penal
Si visitas un restaurante y das tu opinión indicando que el servicio fue lento, que la comida llegó fría a la mesa o que la relación calidad-precio no te pareció interesante, puedes estar totalmente tranquilo ya que no estás cometiendo ningún delito.
El establecimiento en cuestión puede emprender acciones legales si acusas de haber cometido un delito (delito de calumnias) o si insultas a una persona (delito de injurias).
Ambos están recogidos en el Código Penal. Los artículos 205, 206 y 207 exponen que “es calumnia la imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad. Las calumnias serán castigadas con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de doce a 24 meses, si se propagaran con publicidad y, en otro caso, con multa de seis a 12 meses. El acusado por delito de calumnia quedará exento de toda pena probando el hecho criminal que hubiere imputado”.
Por su parte, en los artículos 208, 209 y 210 se menciona qué ocurre en el caso de injurias: “Es injuria la acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Solamente serán constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves. Las injurias graves hechas con publicidad se castigarán con la pena de multa de seis a catorce meses y, en otro caso, con la de tres a siete meses”.
Con la Constitución Española en la mano, ambos casos también pueden violar el artículo 18.1 sobre el Derecho al honor: “se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen”.
Nadie es realmente anónimo en internet
Las reseñas que vertimos en Google Maps quedan vinculadas a nuestro perfil de Google. Aunque a simple vista creamos que podemos sortear este reconocimiento utilizando un alias o un nombre falso, el anonimato no es más que un espejismo.
Toda acción online deja un rastro digital. Más allá del nombre que elijas mostrar, plataformas como Google registran metadatos técnicos constantes: la dirección IP desde la que te conectas, los horarios, el dispositivo utilizado o incluso las redes Wi-Fi a las que te has conectado.
En caso de un requerimiento judicial o una investigación por un delito (como difamación o amenazas), Google está legalmente obligado a entregar estos registros. Esa dirección IP, junto con los datos que tu operador de internet (ISP) posee sobre ti, te vincula directamente con la acción cometida.
Los límites de la libertad de expresión
La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea recoge en su artículo 11 la libertad de expresión y de información, mencionando explícitamente que “toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o de comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas y sin consideración de fronteras”.
Sin embargo, también recuerda que “el ejercicio de estas libertades, que entrañan deberes y responsabilidades, podrá ser sometido a ciertas formalidades, condiciones, restricciones o sanciones previstas por la ley, que constituyan medidas necesarias, en una sociedad democrática, para la seguridad nacional, la integridad territorial o la seguridad pública, la defensa del orden y la prevención del delito, la protección de la salud o de la moral, la protección de la reputación o de los derechos ajenos, para impedir la divulgación de informaciones confidenciales o para garantizar la autoridad y la imparcialidad del poder judicial”.
Por lo tanto, si bien tenemos derecho a expresar nuestras opiniones y contar nuestra experiencia con un establecimiento concreto, debemos cuidar el lenguaje que utilizamos: no podemos en ningún caso acusar a alguien de un delito, atentar contra su honor con insultos o vejaciones ni dañar su reputación buscando un perjuicio económico o personal.
Imagen de portada | Generada con Gemini
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