Hoy entra en vigor la norma que cambia los SMS para siempre: qué hay nuevo y cómo te afecta

  • El Registro de Alias de la CNMC entra hoy en vigor e insta a los operadores a bloquear los mensajes que usen alias fraudulentos

  • Se establece un período de transición para las solicitudes que todavía están en pendiente de revisión

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Noelia Hontoria

Editora

Todos hemos recibido alguna vez un falso SMS haciéndose pasar por nuestro banco, una empresa de paquetería o la Seguridad Social, pero esto se va a acabar. O, al menos, los malhechores no lo van a tener tan fácil. Hoy entra en vigor el Registro de Alias impulsado por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) con el que se busca poner nombre a quien se esconde detrás de cada número de teléfono.

Dada su complejidad técnica, esta medida fue prorrogada el pasado mes de junio, una extensión de plazo que cumple hoy 15 de septiembre. Te contamos cómo van a cambiar tus SMS a partir de ahora.

Registro de Alias: qué va a cambiar a partir de hoy

El Registro de Alias no es otra cosa que una medida para combatir el fraude telefónico, concretamente el que llega vía SMS y que se conoce como ‘smishing’. Concretamente, se recoge en los artículos 6, 7 y 8 de la Orden TDF/149/2025, de 12 de febrero, por la que se establecen medidas para combatir las estafas de suplantación de identidad a través de llamadas telefónicas y mensajes de texto fraudulentos.

En estos artículos se menciona la necesidad de un registro de alias o bloqueo de mensajes cuya numeración “no haya sido atribuida, asignada o adjudicada”. De la elaboración de la base de datos se encarga la CNMC, previa solicitud de la empresa interesada, mientras que el bloqueo corre a cargo de los operadores.

Por lo tanto, a partir de hoy cada vez que alguien te envíe un SMS el operador tendrá que comprobar si el alias está registrado y si lo envía el proveedor autorizado, de modo que su recepción quedaría condicionada a estos casos:

  • Mensaje entregado: aquellos que se envían los proveedores que han dado de alta dicho alias en el Registro.
  • Mensaje bloqueado: los que intenten usar un alias que no está registrado o que viene de un proveedor no autorizado.

En el caso de los SMS que solo muestran el número de teléfono, sin ningún tipo de alias, estos pueden entregarse, ya que lo que persigue el Registro de Alias es el uso de un nombre comercial en el identificador del mensaje.

Por lo tanto, a partir de hoy vas a tenerlo más fácil para identificar los fraudes o estafas que llegan a través de un SMS. Si aparece un alias el nivel de confianza se eleva, mientras que si no viene ningún nombre asociado a él hay motivos para desconfiar, especialmente si te pide que pinches en algún enlace, te solicita datos personales o utiliza métodos similares para hacerte caer en la trampa.

Sin más prórrogas, pero con un necesario período de transición

El pasado jueves, desde Xataka Móvil pudimos conocer que ya se habían inscrito de 13.565 alias, pero quedaban en torno a 5.000 solicitudes pendientes, tanto por falta de autorización del titular de la empresa como por la propia capacidad de tramitación del organismo.

Por ello, aunque no habrá una nueva prórroga, sí se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la concesión de un nuevo “período de transición” para los alias que hayan presentado su solicitud antes del 14 de septiembre a las 15:00 horas.

Este documento explica que “teniendo en cuenta la imposibilidad material de resolver sobre dichas solicitudes antes de la fecha del 15 de septiembre y con el fin de garantizar una transición ordenada al nuevo régimen, evitar riesgos de interrupción de servicios legítimos, preservar la continuidad de las comunicaciones de las empresas con sus clientes y disponer del tiempo necesario para generar los ficheros que deben descargar los proveedores registrados para cumplir con sus obligaciones, se considera proporcional acordar en la circular la preinscripción, con carácter transitorio, de los alias cuya inscripción haya sido solicitada antes de las 15 horas del día 14 de septiembre de 2026 y cuya tramitación se encuentre pendiente en ese momento”.

Con el fin de evitar que posibles comunicaciones legítimas de servicios esenciales puedan bloquearse por la falta de aprobación de la CNMC, el organismo permitirá que estas solicitudes pendientes puedan seguir usando su alias durante un plazo máximo de tres meses o mientras siga en curso la gestión.

Imagen de portada | Amparo Babiloni para Xataka (con edición de Gemini)

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