Nueva normativa del roaming para este verano: esto es todo lo que cambia en el Reglamento de Itinerancia

Cuando viajamos al extranjero, una de las primeras cosas que debemos tener en cuenta es cuánto nos costará el roaming en nuestro país de destino. El roaming o itinerancia, como sabemos, es el servicio que te permite utilizar el móvil cuando viajas temporalmente fuera del país donde resides habitualmente.

Desde 2017, ese servicio de itinerancia es gratuito en la Unión Europea y países asociados, de manera que en esos destinos podemos hablar y navegar como si estuviéramos en España. El próximo 30 de junio de 2022, el actual Reglamento de Itinerancia llega a su fin y será sustituido por una nueva regulación. A continuación, te explicamos los cambios que trae, pero te adelantamos algo que ya se sabía: seguiremos sin pagar más en todos esos países.

Diez años más de roaming gratis en la UE

El 30 de junio es el último día que estará vigente la normativa actual, de manera que, a partir del próximo 1 de julio, entra en vigor el nuevo Reglamento de Itinerancia europeo que establece el marco regulatorio de la itinerancia internacional en la Unión Europea.

La principal novedad que afecta a los usuarios es que la itinerancia como en casa (roaming like at home -RLAH-) seguirá vigente hasta el 30 de junio de 2032, tal y como aprobó el Parlamento Europeo a finales de marzo.

Eso significa que, durante los próximos diez años, los operadores no podrán aplicar recargos cuando hablemos o naveguemos en la Unión Europea o en uno de los países asociados (Islandia, Noruega y Liechtenstein). En el caso del Reino Unido post-Brexit, cada operador puede decidir si lo incluye en el roaming gratuito o no. En España, por ejemplo, Orange y Jazztel lo han excluido, pero Movistar y O2 han confirmado que lo mantendrán.

Al margen de la prórroga del roaming gratuito en la UE, el nuevo Reglamento incorpora otras novedades, entre las que destacan las siguientes:

  • Reducción de las tarifas de itinerancia al por mayor (el valor máximo que se pueden facturar los operadores entre ellos por los minutos de voz, SMS y datos).

  • Provisión de los servicios de itinerancia en la UE con la misma calidad de servicio (QoS) que en el país de origen, siempre que sea "técnicamente viable".

  • Introducción de nuevas medidas de transparencia para los usuarios finales en itinerancia, en cuanto a la calidad del servicio que se les prestará, los posibles costes adicionales por utilizar servicios de valor añadido y el acceso a los servicios de emergencia o a la recepción de alertas públicas en el país visitado.

  • Mejor protección de los consumidores frente a facturas elevadas provocadas por una itinerancia involuntaria en redes móviles públicas no terrestres cuando se encuentren a bordo de transbordadores o aviones.

Además, el nuevo Reglamento de Itinerancia encarga al BEREC (el organismo que agrupa a los reguladores europeos de comunicaciones electrónicas, la CNMC incluida) la actualización de las actuales directrices mayoristas (a efectos de la prestación de servicios de itinerancia) y minoristas (especialmente lo que atañe a la transparencia y la calidad del servicio). Se espera que sean aprobadas en el último trimestre del año.

Más información | CNMC

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