Justo cuando los pagos digitales viven su momento más dulce, hay quienes intentan darle la espalda a todo aquello que no sea el dinero en efectivo. Es una práctica que muchos de nosotros hemos visto en alguna ocasión en establecimientos como bares y realmente tienen buenas razones para hacerlo. El problema es que cae en el lado de la ilegalidad.
Y ni siquiera hablamos del euro digital. Medios de pago que ya están tan extendidos como las tarjetas (físicas o vinculadas al móvil), el Bizum o incluso las plataformas de pago de ciertas apps se están encontrando con problemas en la calle.
Un precio diferente para quienes pagan con tarjeta. Y lo peor es que es algo tan relativamente habitual que no nos extraña cuando vemos un cartel anunciando esta medida en el establecimiento en cuestión.
La hostelería ha sido históricamente la eterna defensora del efectivo por encima del pago con tarjeta. Aunque en el supermercado de la esquina no nos suelen poner problema para pagar los cogollos de lechuga con el móvil, la cara cambia si lo que pedimos es una caña en un bar.
El debate está en las calles, pero también en las redes e incluso ha llegado a la televisión: algunos locales castigan con un recargo en el precio de la cuenta a aquellos que decidan pagar con tarjeta. Los más avispados lo hacen de una forma más sutil: premiando con descuentos a quienes optan por el efectivo. Mismo perro con distinto collar.
Razones para preferir el efectivo. El motivo principal entre quienes toman esta postura suele ser el recargo que los bancos cobran por el uso del datáfono. En función de la oferta que hayan contratado, este puede ser un pequeño porcentaje por operación o, lo que ya es más habitual, una tarifa plana mensual. En este segundo caso no tendría sentido el cobro del recargo, ya que el coste por tener este servicio no está vinculado a cada ticket individual.
Existe una segunda razón, todavía más polémica, y es la economía sumergida. El dinero que entra en efectivo no tiene trazabilidad. En algunos casos, esto puede aprovecharse para reducir el volumen de ingresos declarados y, por tanto, el correspondiente pago de impuestos asociado a él.
Algunos hosteleros que promueven el pago en efectivo explican que “los bancos se llevan más de lo que parece” y esta medida “es una forma de equilibrar gastos sin subir precios de forma generalizada”.
Qué dice la ley. El Real Decreto-ley 8/2014, titula el artículo 12 del Capítulo III como Prohibición de la repercusión de gastos al ordenante y expone que los beneficiarios de las operaciones de pago “no podrán exigir al ordenante el pago de gastos o cuotas adicionales por la utilización de la tarjeta de débito o de crédito”.
Curiosamente, no es obligatorio contar con un datáfono, por lo que el establecimiento en cuestión podría aceptar únicamente el efectivo. En caso de que se acepte también el pago con el móvil, no se deben aplicar recargos.
Únicamente es obligatorio realizar la transacción con algún medio de pago digital y está prohibido el efectivo “cuando se trata de operaciones que superan los 1.000 €, para asegurar el cumplimiento de las normativas contra el fraude”, según explica el BBVA.
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