¿Derecho a la vida privada o seguridad ante el terrorismo y el crimen organizado?

¿Derecho a la vida privada o seguridad ante el terrorismo y el crimen organizado?
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La pregunta que lanzábamos hace escasos 4 meses ha tenido una contundente respuesta por parte de la justicia europea: Bruselas ha declarado nula la directriz europea sobre la obligación de los operadores telefónicos a conservar información de sus usuarios.

Consideramos la derogación de la Ley de Conservacion de datos (Ley 25/2007) como un gran paso hacia la consolidación del derecho al respeto de la vida privada. Durante 7 años el gobierno ha tenido total acceso a nuestros datos personales por ley. Ahora la ley no les ampara.

El Tribunal Europeo de Justicia declara ilegal la directiva que instaba a todas las compañías telefónicas a realizar copia de todo el historial de cada uno de sus usuarios durante un periodo de dos años. El material personal podía ser utilizado por la administración pública bajo orden judicial pero restringía el acceso al contenido de la comunicación. Salvando este límite legislativo, el tribunal apunta que la directiva europea “sobrepasó los límites que exige el respeto del principio de proporcionalidad”.

Perpetua vigilancia

La utilización de datos de carácter personal sin consentimiento o desconocimiento del usuario implicado constituye un serio ataque al derecho fundamental al respeto de la vida privada y protección de datos. Partiendo de esta premisa, todo argumento que defienda la recolección de datos con fines de seguridad, protección... está violando los principios del derecho a la privacidad.

Manifestación privacidad

Laxitud Legal

Aunque la directriz alegó al objetivo de interés general para salvaguardar la seguridad pública, el tribunal cree que "no fija ningún criterio objetivo" en la aplicación real de la Ley. Es decir, según la normativa, las autoridades de cada país europeo tienen total acceso a los datos y podrán utilizarlos según sus intereses. La justicia europea prosigue con la laxitud legal de la misma:

No contiene garantías suficientes que permitan asegurar una protección eficaz de los datos contra los riesgos de abuso y contra cualquier acceso y utilización ilícitos de los datos

Finalmente el tribunal censura la posible internacionalización de los datos ya que la directiva no obliga que se conserven dentro de la Unión Europea. La ley no garantiza, por tanto, el control de los requisitos de protección de datos. Joe McNamee, director de la asociación irlandesa Digital Rights, origen de la denuncia de la Ley de conservación de datos, manifiesta su alivio tras la resolución del fallo:

Después de ocho años, esta afrenta a los derechos fundamentales de los ciudadanos europeos ha sido finalmente declarada ilegal. Ocho años de abusos de datos personales y ocho años de reafirmación de los Estados miembros y de la Comisión diciendo que la medida era legal.

Vía | EP En Xataka On | ¿Protección o vigilancia? La libertad digital en juego | ¿Derecho a la Intimidad o garantía de Seguridad? La retención de datos a examen

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