Estamos a mes y medio de que se celebren las Elecciones al Parlamento de Andalucía y casi está todo dispuesto para la cita con la democracia autonómica. ¿Todo? No, había un elemento que lleva despertando dudas desde que se aprobó: el uso de la app MiDNI como identificación ante las urnas. Si en las anteriores Elecciones al Parlamento de Aragón ya hubo polémica por ello, la tendencia dictaba que ocurriría lo mismo con Andalucía. Hasta que ha salido la Junta Electoral Central a la palestra.
Ahora ya no sirve. La Junta había ratificado la idoneidad de MiDNI en una de sus anteriores sesiones, la del 5 de marzo de 2026. Con esta ratificación se abría a puerta a usar la app sin necesidad de que la mesa contase con un dispositivo de lectura: bastaba con que el votante abriera la aplicación y mostrase los datos. Esto no garantizaba la seguridad del proceso. Y el PP se quejó en varias ocasiones.
Aplicación MiDNI
Tal y como ha quedado constancia en la última sesión de la Junta Electoral Central, el DNI digital ya no sirve para ejercer el derecho al voto. La junta aún no ha publicado la sesión en la web, pero sí la ha comunicado a la prensa. Como podemos leer en RTVE:
"La Junta acuerda suspender la eficacia de sus Acuerdos de fecha 16 de febrero 2023, 18 de septiembre de 2025 y 5 de marzo de 2026, por los que se permitía la utilización de las aplicaciones “MiDGT” y “MiDNI” por parte de los electores en el momento de depositar su voto, presencialmente o por correo, hasta tanto se garantice que el control de la verificación de la identidad de los electores por estos sistemas es suficientemente segura”.
Esta rectificación contradice, al menos en el ámbito electoral, uno de los preceptos básicos que estableció el Gobierno. Además, la Policía Nacional ya especificó que teníamos derecho a identificarnos con MiDNI y a que se aceptase dicha identificación. Curiosamente, la Junta desdice la normativa.
Las dudas. El PP puso en duda la seguridad del proceso en varias ocasiones con quejas remitidas a la Junta Electoral Central. Quejas que tienen todo el sentido, pese a que, realmente, no sea fácil imitar el funcionamiento de la aplicación MiDNI. Porque si la mesa electoral no tiene un dispositivo que verifique la identificación, ¿cómo pueden asegurar la transparencia del proceso?
Se le pidió a la Junta Electoral Central que entregase un dispositivo de lectura a cada mesa, pero la petición fue rechazada. En la práctica, lo que la JEC viene a decir es que sin dispositivos de lectura no hay garantía suficiente. Y como dotar de smartphones a cada mesa supone una inversión que nadie ha presupuestado, la solución parece haber sido la de eliminar la opción.
¿Podemos obligar a que acepten la aplicación? Ya le hemos dedicado un artículo al tema. Y lo cierto es que sí, están en la obligación de aceptarlo. El problema es que no tenemos un cauce legal para quejarnos en el caso de que, como va a ocurrir en Andalucía, se nos niegue el derecho: el Gobierno no ha planteado una vía para las reclamaciones por la no aceptación de MiDNI. Tampoco existen sanciones previstas. Lo único que les quedará a los andaluces es acudir a votar con el DNI de plástico en el bolsillo.
Imagen de portada | Iván Linares
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