Con las joyas de Zapatero en boca de todos, a muchos nos han surgido varias preguntas: ¿hay que declarar de alguna manera las joyas que recibimos por herencia? ¿Y las que nos regala un familiar o conocido en vida? ¿Debe quedar documentada esa donación? ¿Tenemos que pagar algún impuesto?
La notaria María Cristina Clemente, en el canal de TikTok de la Notaría Buendía, ha abordado todas estas cuestiones para sacarnos de dudas. No hace falta documentar la entrega de la joya, pero sí es obligatorio que la persona que la recibe liquide el Impuesto de Donaciones.
En vida: impuesto sí, documento no
Según explica María Cristina Clemente, de la Notaría Buendía, cuando alguien nos regala una joya en vida, no es necesario dejar constancia por escrito de la entrega de la joya. Lo que sí es obligatorio es que la persona que la recibe, el donatario, autoliquide el Impuesto de Donaciones.
Imagen: Salim Da (Pexels)
El objetivo de esa autoliquidación es justificar por qué tienes en tu poder una pieza de valor. Sin ese impuesto liquidado, cuenta la notaria, cualquier joya de valor puede traerte problemas si Hacienda pregunta en un futuro de dónde ha salido.
Cuando la joya no se regala en vida, sino que forma parte de una herencia, la cosa cambia: el heredero sí tiene que incluirla en el haber hereditario al formalizar la escritura de herencia, y por supuesto, pagar el Impuesto de Sucesiones que le corresponda.
Por eso la notaria recomienda siempre dejarlo todo atado a la hora de hacer testamento y decidir con antelación quién se queda con cada pieza. Dejando al margen la parte que, por ley, es para los herederos forzosos, del resto se puede disponer con libertad y el testamento se puede cambiar cuantas veces quieras ante notario.
Aquí, Clemente advierte que "El peor error que suelen cometer las personas a la hora de dejar testamento es redactarlo ellas mismas". El motivo es muy simple: "en muchas ocasiones desconocemos cuál es el sistema legitimario" y eso puede dejar el documento cojo o directamente impugnable. Además, la especialista recuerda que la normativa no es igual en todo el país: "No en toda España existe el mismo concepto de legítima".
Por último, Clemente recuerda que mucha gente desconoce, y por tanto, no aprovecha las herramientas legales que tiene a su disposición. Y aconseja pensar en cualquier escenario que uno preferiría no imaginar, como que el heredero fallezca antes que el propio testador. Son detalles que parecen menores, pero el día menos pensado pueden convertirse en un gran problema.
Imagen de portada | Notaría Buendía (TikTok) / Zerin Takı (Pexels)
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