Llevar Google Maps o Waze en el coche es legal, pero hay varias razones por las que la DGT te puede multar

  • Las multas por el uso incorrecto del GPS en el coche van desde los 100 a los 200 euros, según su ubicación o la forma en la que interactuamos con él

  • La regla de oro es que no podemos utilizar las manos para manipularlo y que no debe reducir nuestro campo de visión

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Noelia Hontoria

Editora

Los dispositivos móviles han traído numerosas contradicciones a nuestro día a día. Una de las más flagrantes es la que vivimos en el coche cuando conectamos Google Maps o Waze. Y es que lo que es una actividad que entra dentro de lo normal (y que es totalmente legal) puede derivar en una distracción y una multa por no tener claro dónde termina la línea de lo permitido y lo prohibido. ¿Podemos mirar el móvil para seguir al GPS? Sí. Pero mejor que mantengas las manos en el volante.

Podemos usar Google Maps o Waze en el móvil. No existe ninguna prohibición expresa al uso de sistemas de navegación. No importa si utilizas la pantalla incorporada en el propio vehículo o si haces uso de un dispositivo externo. La herramienta es válida y no te van a multar por utilizar un GPS para saber llegar a tu destino, así que, en este sentido, puedes estar tranquilo.

Según el artículo 18.2 del Reglamento General de Circulación, se pueden utilizar estos dispositivos siempre que no usemos las manos. Se recoge de esta manera: “se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil y cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares”.

Pero no podemos tocar el móvil. Hay matices que conviene tener en cuenta, ya que la forma en la que interactuemos con el GPS sí que puede jugarnos una mala pasada. La prohibición más obvia es la de manipular el móvil mientras estamos con el coche arrancado, tanto si estamos circulando como si nos encontramos detenidos en un semáforo. 

Cuando el dispositivo se encuentra colocado en el soporte, se tipifica como una infracción que conlleva una multa de 200 euros y la pérdida de tres puntos por “conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como dispositivos de telefonía móvil”, según indica la Ley de Tráfico.

El tema se pone más serio si directamente sostenmoe sl el móvil con una mano. En este caso, precisamente fue uno de los puntos que se modificó en la nueva Ley de Tráfico, aumentando de tres a seis puntos en los casos de “utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce”.

Cuidado dónde lo colocas. Hay algo “extra” que nos puede llevar a incurrir en una infracción y, por tanto, enfrentarnos a otra multa: el lugar donde colocamos el móvil. En el artículo 19 del Reglamento General de Circulación se indica que “la superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos [...] La colocación de los distintivos previstos en la legislación de transportes o en otras disposiciones deberá realizarse de forma que no impidan la correcta visión del conductor”.

En base a esto, el soporte no debe colocarse en el centro del parabrisas ni en otras zonas que puedan suponer mermar la visibilidad de la carretera. Las zonas recomendadas son el salpicadero, la rejilla de ventilación o la consola central, siempre tomando como referencia que no afecte al campo de visión ni moleste al manejo de los mandos o botones del vehículo. En caso de colocarlo en un lugar incorrecto, la multa será de 100 euros, pero no conlleva la pérdida de puntos.

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