Filtrado el borrador de la Ley Sinde: Webs cerradas en un mes, aumenta el castigo por reincidencia y hasta 600.000 € de multa

Filtrado el borrador de la Ley Sinde: Webs cerradas en un mes, aumenta el castigo por reincidencia y hasta 600.000 € de multa
Facebook Twitter Flipboard E-mail

El pasado viernes el Consejo de Ministros no aprobó el polémico Reglamento de la Ley Sinde, aunque podría ser cuestión de días que se intentara de nuevo, estableciendo cierres de páginas webs que sin autorización alberguen o faciliten contenidos protegidos por derechos de autor en menos de un mes.

Según el borrador de la Ley al que ha tenido acceso El País, se establecen un máximo de 15 pasos para que el organismo competente, la Sección Segunda de la Comisión de Propiedad Intelectual, pueda llegar al cierre de una página web en un plazo máximo de 3 meses (mínimo de 28 días):

El primer paso consiste en la admisión, por parte de la Comisión, de la solicitud de retirada de los contenidos protegidos. Una vez efectuada, se procede a la identificación del supuesto infractor. Si esta identificación no es posible porque los datos no son conocidos, se reclamarán, previo auto del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo correspondiente a los ISPs, empresas y operadoras que alojan la web o le dan soporte.

Las operadoras tendrán entonces que facilitar los datos del infractor en un plazo de 48 horas. En este punto se inicia el procedimiento, que arranca con la notificación de la apertura del proceso al supuesto infractor. Esta notificación incluye un requerimiento para que en 48 horas sean retirados los contenidos presuntamente ilícitos. Dentro de ese periodo de tiempo el infractor puede o retirar los contenidos o presentar alegaciones.

Si el infractor no retira los contenidos en esas 48 horas, el proceso entra en la fase final: dos días para alcanzar una propuesta de resolución y cinco días para que las partes presenten sus conclusiones. La resolución final se dictará en el plazo máximo de los tres días siguientes a esas conclusiones.

El infractor debe entonces retirar los contenidos o dejar de facilitarlos en un plazo de un día. Si no lo hace, se requerirá a los proveedores de acceso a Internet que corten el servicio a la web (contando con una autorización del juzgado). Las operadoras cuentan entonces con tres días para aplicar la medida. De no hacerlo, supondría una infracción “muy grave”, penada con multas que van de los 150.000 a los 600.000 euros.

En este nuevo borrador se destinan más esfuerzos a perseguir y cerrar páginas, a pesar de que la jurisprudencia española es muy clara en este sentido: el intercambio de archivos, según la ley española, es completamente legal. Por lo tanto, y según se extrae de los apuntes del CGPJ, lo que hace la ley Sinde es criminalizar unas webs que llevan a cabo una actividad legal.

Además, según informa El País, el nuevo reglamento no dice nada sobre el modo de proceder con las páginas alojadas en el extranjero, por lo que lo único que pueden conseguir es que todas las webs de enlaces busquen la forma de alojarse fuera de nuestras fronteras (si es que no lo han hecho ya), con la consecuente pérdida de negocio para las empresas del sector.

Vía | El País
En Nación Red | El reglamento de la ley Sinde desoye las advertencias del Consejo General del Poder Judicial
En Xataka On | Ley Sinde

Comentarios cerrados
Inicio