La CNMC confirma que el culpable de que sigas recibiendo llamadas spam es ese sorteo al que te apuntaste sin pensarlo

  • Al participar en sorteos podemos estar dando nuestro consentimiento para que puedan usar nuestros datos con fines comerciales

  • La CNMC recuerda que este tipo de cláusulas genéricas “incumple los requisitos legales”

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Noelia Hontoria

Editora

Participar en el sorteo del último iPhone o de un viaje paradisíaco suena muy bien, pero no es oro todo lo que reluce. Y no nos referimos a que la probabilidad de ganar sea minúscula, sino que en un acto tan inocente como este se puede encontrar la llave para esas llamadas spam que vas a recibir en el futuro.

La propia Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) lo ha explicado para prevenir a los usuarios y también dar un tirón de orejas a ciertas compañías, como las comercializadoras eléctricas, que emplean estas artimañas para obtener el consentimiento.

El coste oculto de los sorteos: dar el consentimiento para recibir llamadas spam

Según el Real Decreto 88/2026, de 11 febrero, sobre el Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, existe “la prohibición de realizar publicidad y prácticas de contratación no solicitadas por el usuario por vía telefónica, salvo que exista una petición expresa por parte del consumidor o la llamada sea originada por su propia iniciativa”.

Es decir, para que las eléctricas puedan llamarnos para ofrecernos sus servicios tienen que concurrir una de estas dos situaciones: que sea el cliente el que haga la llamada o que haya dado su consentimiento expreso.

Hecha la ley, hecha la trampa. Una vez más. Estrategias como sorteos o concursos pueden llevar asociada una cláusula o condición de aceptar ciertos consentimientos para poder participar. El usuario, por no leer o por problemas de interpretación de estos requisitos, es posible que acepte todo sin cuestionarlo.

El problema es que, una vez aceptadas estas condiciones, no hay Lista Robinson que nos salve de recibir estas llamadas, ya que se considera que hemos sido nosotros mismos los que hemos autorizado estas comunicaciones.

En este sentido, la CNMC recuerda que “aceptar cláusulas genéricas por parte del consumidor en webs o plataformas de terceros incumple los requisitos legales para contar con su consentimiento” y más expresamente aclara que “tampoco son válidas las autorizaciones incluidas en procesos ajenos al suministro eléctrico (como sorteos o promociones)”.

Esto es debido a que “el consentimiento debe derivar de una acción directa, voluntaria y consciente del consumidor, sin intermediarios ni incentivos ajenos al suministro eléctrico”.

Qué podemos hacer

A pesar de que incluso desde el Gobierno están intentando frenar las llamadas comerciales no deseadas y también los operadores están poniendo su granito de arena, la realidad es que seguimos recibiéndolas.

En muchas ocasiones no lo podremos evitar, ya que estas empresas se buscan las vueltas para actuar “dentro de la legalidad”. Como muchas comillas. Pero como usuarios sí que podemos prevenir algunas de estas llamadas, mirando bien qué consentimientos estamos dando al marcar ciertas casillas, eliminando las cuentas que ya no usemos (y pidiendo el borrado de datos) y filtrando bien dónde nos registramos o quién regalamos nuestra información, como correo electrónico o número de teléfono.

Imagen de portada | Alejandro Alcolea para Xataka (editada con Gemini) |CNMC

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