Compartir las capturas de un chat de WhatsApp te puede llevar a la cárcel: estas son las consecuencias legales

Compartir las capturas de un chat de WhatsApp te puede llevar a la cárcel: estas son las consecuencias legales

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Compartir las capturas de un chat de WhatsApp te puede llevar a la cárcel: estas son las consecuencias legales

Existe todavía hoy cierta sensación de impunidad en los actos que llevamos a cabo en la red. Pero nada más lejos de la realidad, ya que cada vez se van cubriendo más asuntos digitales en el código penal a la par que se crea costumbre jurídica sobre algunos asuntos. Y en lo relativo a las malas prácticas en WhatsApp existen evidencias por las que es mejor no llevarlas a cabo.

Igual que vimos que espiar WhatsApp es ilegal, ya sea usando herramientas adaptadas a ello o tomando el móvil de otra persona, lo mismo sucede si hacemos pública una conversación e incluso si solamente se lo enviamos a otra persona. Así nos lo confirman dos abogados consultados por Xataka Móvil.

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Aunque muchas veces podamos llegar a hacerlo sin la menor mala intención, lo cierto es que compartir una conversación de WhatsApp u otra aplicación de mensajería con otra persona puede acarrear consecuencias penales. Y especialmente si se hace sin consentimiento y exponiendo datos privados de otra persona.

El abogado Rodrigo López Garrido nos explicaba hace un tiempo algunas de las consecuencias de estos actos. Cynthia Nantón Portela, abogada procesalista, también nos hablaba de ello recientemente. Ambos coinciden en que compartir pantallazos no es ilegal como tal, sino más bien las circunstancias que rodean a este hecho.

López Garrido explica que no incurrimos en un delito al compartir un pantallazo si la persona con la que se comparte ha intervenido en esa conversación o esta procede de un grupo de WhatsApp en el que este presente. Sí podríamos estar ante un indicio de delito en caso de no estar implicada y tampoco tener el consentimiento de la persona que sí lo está.

Compartir pantallazos de WhatsApp sin consentimiento y exponiendo datos de carácer personal de otra persona supone un delito de descubrimiento y revelación de secretos.

En este último caso estaríamos cometiendo un atentado contra la intimidad y el honor de otra persona. Como imaginarás, no es un asunto baladí y puede entrañar serias consecuencias para quien lo difunde si la víctima decide tomar cartas en el asunto y denunciar ante las autoridades.

Nantón Portela explica que se pueden considerar agravantes cuando en las capturas se expongan datos sensibles, tales como "ideología, religión, creencias, salud, origen racial, vida sexual o víctimas menores de edad, discapacitadas o necesitadas de especial protección, cuando se realicen persiguiendo un fin lucrativo o cuando se produzca la difusión de los mismos".

El alcance obtenido por la difusión es clave en la sentencia, de ahí las diferencias entre compartir capturas de WhatsApp en privado y colgarlas en redes sociales.

Con respecto a las diferencias entre compartirlas por privado o en público en una red social, López Garrido afirma que es "muchísimo más grave" hacerlo en público. No obstante, teniendo en cuenta que el nivel de difusión en vías privadas puede alcanzar niveles también altos, podría acabar suponiendo consecuencias similares.

A López Garrido le preguntamos también acerca de la particularidad de que sea un medio de comunicación el que difunda conversaciones privadas. El abogado afirma que "estos medios tienen que demostrar que [los chats expuestos] son de vital importancia para casos de Estado o judiciales". Eso sí, recalca que pese a ello "no pueden atacar al honor o la privacidad de los implicados". De hecho, cree que en muchas ocasiones hay medios "a los que no les sale rentable publicar estas cosas por las denuncias posteriores que reciben".

Llegando al quid de la cuestión, nos encontramos con que el artículo 197.1 del Código Penal refleja que exponer este tipo de contenido puede ser castigado con penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses. Eso sí, debe haber una denuncia de por medio. Según nos explicaba Nantón Portela, se deben recoger pruebas que atiendan al desarrollo de los hechos, pudiendo ser testificales, personas que han tenido conocimiento de las circunstancias, documentales e incluso periciales.

El 25% de chats privados de carácter sexual acaban siendo compartidos con 3 o más personas. ¿Lo mejor? Evitar según que conversaciones con personas que no sean de plena confianza.

Teniendo en cuenta que los pantallazos con carácter sexual suelen ser lo que más abunda en este tipo de difusiones y que más sensible puede parecer, lo mejor es tratar de evitar este tipo de conversaciones con personas que no sean de confianza. Hace algunos años se publicó un estudio de la Universidad de Indiana en el que se revelaba que el 25% de conversaciones de temática sexual que se mantienen por apps de mensajería acaban siendo expuestas ante, como mínimo, otras tres personas más.

De igual forma, podemos aplicar aquí esa recomendación de no hacer lo que no nos gustaría que nos hiciesen. Es decir, que de igual modo que nos gusta mantener en secreto nuestros chats, tampoco lo difundamos nosotros. Por muy morboso e interesante que nos pueda resultar.

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