Multa a Telefónica: la CNMC le impone 6 millones de euros por las permanencias en los contratos de Fusión

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La CNMC ha multado a Telefónica con seis millones de euros por no respetar las condiciones de los contratos de Fusión: según la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, Telefónica estaba obligada a no impedir la movilidad a sus clientes tras la adquisición en 2015 de DTS, la empresa detrás de Canal+. Con dicha compra, y tras una sanción en ese mismo año de 15,5 millones de euros, Telefónica aplicó una serie de permanencias en los contratos que fueron cosideradas como abusivas.

Dado que Telefónica ofrece una gran cantidad de servicios bajo el paraguas de Movistar, alcanzando actualmente el terreno de la salud o de la seguridad, contratar una tarifa con la operadora implica evaluar qué es lo que interesa de ese enorme abanico de posibilidades. ¿Sólo fibra? ¿Fibra y móvil? ¿Vale la pena sumarle televisión? Para facilitar la tarea, Movistar trajo las tarifas de Fusión, unos planes que combinaban varios servicios, a menudo más baratos en pack que adquiridos por separado. Y muchas de estas tarifas traían adosada una permanencia; obligación que la CNMC considera abusiva.

Movistar se comprometió a no aplicar permanencia en las tarifas de Fusión

Movistar Fusión
Movistar Fusión

Tal y como especifica la CNMC, con la adquisición de DTS a Prisa en 2015 Telefónica se comprometió a no impedir la movilidad de los clientes en el caso de que decidiesen adquirir otra oferta de televisión. Fue la propia Telefónica quien presentó una serie de compromisos para optar a la compra de DTS; compromisos que terminó vulnerando.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia aprobó la compra con la condición de que Telefónica respetase la libre competencia y los compromisos adquiridos. En ellos, Telefónica no podía imponer permanencias a sus clientes de televisión de pago en vías de impedir la movilidad hacia otros operadores. Sin embargo, las tarifas de Movistar Fusión que incluían el alquiler de un teléfono móvil, vigentes desde este el 11 de abril de 2021, vulneraron lo establecido en el acuerdo.

Según la CNMC:

"La oferta comercial Fusión con smartphone, al menos hasta el 1 de agosto de 2021, ha supuesto una limitación a la movilidad de los clientes de televisión de pago de Telefónica que contrataron este servicio a través de Fusión y ha restringido su capacidad para contratar servicios similares con otros operadores competidores de Telefónica".

Dado que Telefónica no cumplió los compromisos adquiridos con la CNMC, ésta obliga a la operadora al pago de 6 millones de euros. La Comisión considera esta multa como una «infracción muy grave».

Más información | CNMC
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