La Ley lo deja claro: cuando muere el titular, su móvil no debe tener 'penalización'. Así puedes reclamarlo

Los compromisos de permanencia no se heredan, las deudas asociadas a un dispositivo financiado

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Laura Sacristán

Editor Senior

Por desgracia, es probable que a lo largo de tu vida te hayas encontrado o te vayas a encontrar en la situación de tener que gestionar la baja de los servicios, préstamos o suscripciones de algún familiar fallecido. Y cancelar la línea móvil o un dispositivo financiado o bonificado por un operador puede ser uno de esos trámites.

A priori, lo que debería ser una gestión automática, rápida y sencilla dadas las circunstancias, no siempre sucede así. La Ley te ampara para cancelar el contrato sin ningún tipo de penalización y, en caso de que heredar ese dispositivo no esté entre tus opciones, también puedes devolverlo en la mayoría de casos.

Cobrarte la permanencia es ilegal

Según los artículos 1156 y 1184 del Código Civil en España, si fallece el titular de una línea móvil, el contrato se extingue automáticamente "por imposibilidad objetiva de cumplimiento". Por tanto, como se trata de una causa de fuerza mayor, los operadores no pueden aplicar ninguna penalización por romper el compromiso de permanencia.

Nothing Phone 3a Llamada Imagen: Xataka

Cobrarte una penalización al cancelar una línea móvil por fallecimiento de su titular es una práctica ilegal y puedes reclamarlo ante Consumo o la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones. En cualquier caso, lo recomendable es enviar el certificado de defunción al operador que presta el servicio para tramitar la baja y paralizar la facturación lo antes posible. 

Otra cosa diferente son las deudas asociadas a un dispositivo financiado o a plazos, que sí se se heredan y deben ser abonadas. El terminal en sí no pasa a ser propiedad del usuario hasta que se liquida la última cuota, por lo que existen varias opciones: 

  • Los herederos pueden asumir la deuda y continuar pagando las cuotas mensuales restantes para conservar el terminal. 
  • Algunos operadores ofrecen la posibilidad de abonar de golpe el importe restante pendiente para cerrar la cuenta y quedarse con el móvil.
  • Algunas compañías como Movistar permiten rescindir el contrato y devolver el teléfono (siempre que esté en buenas condiciones) para cancelar los cargos pendientes.

Por tanto, si el fallecido estaba pagando un teléfono financiado a plazos o recibió un terminal "gratuito" condicionado a la permanencia, el operador puede exigirte la devolución del teléfono o el pago de las cuotas restantes del valor real del aparato. Pero únicamente pueden cobrarte el coste del dispositivo, nunca una penalización por cancelar la línea.

Imagen de portada | AI25.Studio (Pexels)

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